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ECONOMíA
1 de noviembre de 2019
LAS 7 RESTRICCIONES DEL CEPO CAMBIARIO
En el conjunto de los tres pasos que, hasta ahora, tiene el cepo cambiario, se pueden identificar 7 restricciones. El Banco Central (BCRA) reforzó este jueves el cepo al limitar el adelanto en efectivo en moneda extranjera con tarjeta de crédito y débito a u$s50 mensuales, entre otras. La entidad que conduce Guido Sandleris incorporó estas restricciones días después de reforzar el cepo cambiario de u$s10.000 a u$s200.
Se pueden identificar en total estas 7 restricciones:
1. Si la compra es por banco el límite es de u$s200 por mes.
2. Si la compra es en efectivo y se retira el billete se consiguen de manera oficial sólo u$s100.
3. Desde el exterior no hay límite para extraer los dólares que hayan sido depositados en la cuenta previo al nuevo cepo cambiario, pero no se puede pasar ese límite cuando la cuenta es en pesos.
4. Quienes no sean residentes argentinos tienen un límite (incluso en entidades financieras) de u$s100 al mes.
5. Las empresas siguen sin poder comprar dólares al tipo de cambio oficial para atesoramiento, solamente, tal como ya regía, para pagar deudas o importaciones.
6. Será de u$s50 el monto máximo por operación que podrán otorgar las entidades financieras y otras emisoras de tarjetas de crédito locales como adelantos en efectivo en el exterior.
7. Además, no se podrán realizar sin autorización previa del BCRA las siguientes operaciones:
• a) la participación en juegos de azar y apuestas de distinto tipo y/o,
• b) la transferencia de fondos a cuentas en Proveedores de Servicios de Pago y/o,
• c) la transferencia de fondos a cuentas de inversión en administradores de inversiones radicados el exterior y/o,
• d) la realización de operaciones cambiarias en el exterior y/o,
• e) la adquisición de criptoactivos en sus distintas modalidades.
Fuente: ÁMBITO.com
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