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Despejado
27 de junio de 2020
Trenel.-
En comunicación con la Dependencia Policial se informó que:
A partir de la fecha ante la identificación de personas en infracción se proceda de la siguiente manera:
1. En caso de constatarse falta o utilización incorrecta de barbijo se iniciará una causa judicial procediendo a labrar acta de infracción con intervención al juzgado de faltas, con notificación al infractor y pedido de cumplir con las disposiciones de manera efectiva e inmediata
2. En caso de constatarse personas deambulando fuera de los horarios permitidos (entre las 01:30 y hasta las 07:00) y que no justifiquen debidamente las razones de tránsito – que contemplan traslado desde o hacia sus puestos de trabajo- se iniciará una causa judicial por infracción a los art. 239 y art 205 del código penal, dando intervención a la fiscalía general y procediendo, además, en los casos que corresponda a la retención de sus vehículos.
3. En caso de constatarse fiestas privadas y/o clandestinas se iniciará una causa judicial por infracción a los art 239 y art 205, dando intervención a la fiscalía labrar las actuaciones judiciales pertinentes procediendo a los allanamientos y en caso de ser necesario secuestros respectivos, acorde se disponga.
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